La publicación en el diario El Ciclón, sobre la inacción de los regidores de la Municipalidad Provincial de Chiclayo (MPCh) ―en el cobro de la merced conductiva en mercados (que podría terminar en vacancia) ― animó al Colectivo Ciudadano Todos Por Olmos, a apersonarse al caso del cemento vencido, para solicitar a la fiscalía que incluya a ocho de los nueve regidores de la Municipalidad Distrital de Olmos (MDO), por el delito de omisión de funciones.
Como se recordará, en julio del 2025 el periodista Edilberto Castro ―aún presidente del Frente de Defensa de Olmos― denuncio ante la fiscalía, a los que resulten responsables por el deterioro de 7000 bolsas de cemento, que fueron adquiridas de manera irregular, cuando el producto no se necesitaban para la obra de la Av. Víctor Raúl Haya de La Torre.
La historia no termina.
Si bien es cierto en el caso Olmos, la Fiscalía Corporativa Especializada en delitos de Corrupción de Funcionarios emitió la Disposición N.º 3 declarando improcedente la reapertura de la Carpeta N.º 763-2025 —referida al presunto uso de cemento vencido— el fiscal determinó, que las investigaciones, se enfoquen en la responsabilidad funcional del alcalde y el exgerente, por dejar vencer el cemento.
Con la Cedula de Notificación 00002-2025, la Fiscalía Anticorrupción notifico a Edilberto Castro, la Disposición Dos, que disponía NO A LUGAR A LA REAPAERTURA DE LA CARPETA, en esa sede fiscal, por no ser competente; pero, por la gravedad de los hechos denunciados, ordenó remitir copias certificadas a la Fiscalía Provincial Corporativa Mixta de Turno de Olmos, para que proceda conforme a sus atribuciones.
Omisión de funciones
Es ahí a la Fiscalía de Olmos, a donde Gregorio Aldana concurrirá, para solicitar que se incluya en la investigación a los regidores Juan Tesen Arroyo, Gladys López Mayanga, Miguel Mayanga Avellaneda, Angelica Maco Roque, Vicente Sánchez Chapilliquen, Aracely Huamán Monja, Aracely Huamán Monja y Roger Ventura Monja, por haber omitido su función fiscalizadora.
“Según lo que he leído sobre el caso de los concejales de la MPCh, en la nota publicada en su diario, y declaraciones de expertos en derecho penal y municipal, los regidores también podrían ser investigados por el presunto delito de omisión de funciones y, eventualmente, ser objeto de un pedido de vacancia conforme al artículo 22° de la Ley Orgánica de Municipalidades (LOM)” comento Gregorio Aldana.
Este caso encuentra un antecedente directo en el Recurso de Nulidad Nº 1716-2019 (Cañete), donde se estableció que los regidores pueden ser penalmente responsables por no fiscalizar la gestión del alcalde. La omisión de control fue considerada complicidad primaria, abriendo la puerta a condenas incluso sin beneficio personal.
Rol fiscalizador de los regidores
La Ley Orgánica de Municipalidades (LOM) establece en sus artículos 10° y 11° que los regidores tienen el deber de fiscalizar los actos de gobierno local y denunciar cualquier irregularidad. Este mandato no es simbólico, los coloca en la condición de garantes del patrimonio municipal y responsables de que los recursos públicos sean administrados con transparencia y eficiencia.
Sin embargo, pese a que el deterioro del cemento era un hecho visible y de dominio público, el Concejo Municipal de Olmos ―salvo la concejal Gladys Benites Maco―no habría ejercido acciones oportunas de control ni emitido informes de advertencia, lo que podría interpretarse como una omisión grave de funciones.
Jurisprudencia que los compromete
La Corte Suprema, a través de la Casación N.° 1749-2018-Cañete, ha señalado que los delitos de infracción de deber recaen en los funcionarios que, por su cargo, ostentan una posición de garante frente a bienes jurídicos relevantes como el patrimonio público.
De acuerdo con esta doctrina, si un regidor, conociendo una irregularidad, calla o se mantiene pasivo, incurre en omisión impropia (artículo 13° del Código Penal), lo que lo convierte en autor por omisión, no en un mero cómplice.
Posible investigación penal
El artículo 377 del Código Penal sanciona al funcionario público que ilegalmente omite, rehúsa o retarda un acto propio de su función. En el caso de Olmos, los regidores podrían ser investigados bajo esta figura, al no haber cumplido con su deber de fiscalizar y denunciar el manejo irregular de los insumos para obras públicas.
De confirmarse que su pasividad permitió el perjuicio municipal, el Ministerio Público podría ampliar las diligencias preliminares y abrir investigación contra los miembros del Concejo.
Vacancia en el horizonte
La responsabilidad de los regidores no es solo penal. A nivel político, el artículo 22 inciso 9 de la LOM prevé la vacancia del cargo por inconducta funcional grave.
Expertos consultados explican que la omisión de fiscalizar el almacenamiento y uso del cemento puede encuadrar en esta causal, pues se trata de una falta que vulnera el deber de vigilancia y compromete la gobernabilidad municipal.
De prosperar un pedido de vacancia, serían los propios regidores quienes tendrían que responder ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), que en varias resoluciones ha considerado que la inacción frente a actos irregulares configura una falta grave pasible de sanción política.
Crisis institucional en ciernes
El caso de las 7 mil bolsas de cemento deterioradas se perfila así no solo como un escándalo de presunta corrupción en la gestión Rivera Pasco, sino como un test de legalidad y responsabilidad para el Concejo de Olmos.
Si el Ministerio Público confirma indicios de omisión dolosa en la labor de los regidores, estos no solo podrían enfrentar procesos penales, sino también ver truncado su mandato por la vía de la vacancia, en lo que sería otro grave episodios de crisis institucional por la que atraviesa este distrito lambayecano.