Cuestionamiento y comentarios a baja voz, y el “no me involucres y no digas que yo te he dicho” es lo que se escucha decir a algunos letrados del Ilustre Colegio de Abogados de Lambayeque (ICAL), al ser preguntados sobre las sanciones a que hubiera lugar, luego del accidente de tránsito, que hace casi un mes, protagonizó el decano de la orden, Enrique Rodas Ramírez.
“La verdad, aquí en el colegio, sobre todo en la Comisión de Ética, es como si no hubiera pasado nada. La mayoría de los colegas nos enteramos del accidente y conducta del decano a través de El Ciclón, sino esto hubiera sido otro secreto” comento una abogada que recomendó reserva de su nombre.
“pudo ser peor”
Este medio fue el único que difundió la noticia de un accidente de tránsito que, tuvo como protagonista a Rodas Ramírez. Como se recordará, el abogado Adán Aníbal Posada ―defensor del accidentado― fue el que denunció lo sucedido el 4 de agosto del año en curso, aproximadamente a las 7:30 a.m. en el sector Puente blanco.
“El resultado pudo ser peor, fatal” comento Posada. Refirió que producto del accidente, el joven estudiante de la carrera de mecánica eléctrica Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo, Joan Santos Núñez (24), resultó gravemente herido, con múltiples fracturas “que casi le cuesta la vida a mi patrocinado” agrego
Según el parte policial, Santos Nuñez conducía una moto lineal de placa de rodaje 4026-6K, “en sentido de Sur a Norte, por la Av. Mesones Muro” y Rodas Ramírez, su vehículo mayor, la camioneta Suzuki de placa M5W201 “en sentido de Este a Oeste”
Blindaje
Conforme a los datos que proporcionó el denunciante, la actuación del fiscal Roberto Carlos Cumpa Farroñay y de la policía, quienes lejos de actuar con apego a ley, liberaron de inmediato a Rodas Ramírez, sin que se cumpla la detención de 24 horas; hasta que se conozca los resultado del dosaje etílico y exámenes clínicos. Esta jugada fue clave para liberarlo también del Consejo de Ética ICAL.
Este caso del decano ICAL, ha expuesto una de las aristas más oscuras de la justicia en Lambayeque: la capacidad de las autoridades para eludir las consecuencias de la ley cuando son protagonistas de accidentes de tránsito.
Según testimonios recogidos, Rodas —quien además fue magistrado del Poder Judicial— habría optado por llegar a un acuerdo económico con la persona afectada en el siniestro, no solo para evitar una sanción penal, sino también para impedir su vacancia al frente de la orden profesional que representa a los abogados de la región.
Este comportamiento resulta doblemente cuestionable. Por un lado, coloca la reputación institucional por encima de la obligación de rendir cuentas ante la justicia. Por otro, envía un mensaje devastador: quien conoce mejor la ley, puede manipularla para no ser alcanzado por ella.
Alcaldes y la protección mutua
El caso del decano no es un hecho aislado. En los últimos años, varios alcaldes de Lambayeque se han visto involucrados en accidentes de tránsito que, en condiciones normales, habrían derivado en procesos inmediatos por flagrancia. Sin embargo, la respuesta institucional ha sido otra: liberaciones apresuradas, dosajes etílicos con resultados sospechosamente negativos y partes policiales que deslindan responsabilidades hacia terceros.
Uno de los casos más recientes es el de Iván Reque Ñiquen, alcalde de Ciudad Eten, quien fue liberado pese a indicios claros de haber estado al volante en un siniestro. El dosaje etílico, practicado horas después, arrojó un resultado de “0.00%”, circunstancia que los denunciantes calificaron como inverosímil.
Algo similar ocurrió con Julio Lazo Pomares, alcalde de Pomalca, involucrado en un accidente en mayo del 2020, el Domingo de Resurrección. El parte policial terminó responsabilizando al peatón, mientras que el dosaje volvió a señalar ausencia total de alcohol, pese a que los videos demuestran el escándalo que armó en la comisaria el borrachín.
Cifras de la tragedia
Mientras las autoridades esquivan responsabilidades, las estadísticas reflejan la magnitud de la crisis. El Observatorio del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (ONSV) reportó 1,147 fallecidos en el primer semestre de 2024 y 859 accidentes fatales. Al cierre del mismo año, el SINADEF registró 2,571 muertes por siniestros viales, mientras que reportes periodísticos basados en fuentes oficiales elevaron la cifra a más de 3,000 fallecidos en todo el país.
Lo que dice la ley (y lo que se incumple)
El Código Penal, en su artículo 274, sanciona la conducción en estado de ebriedad con penas que van de uno a tres años de cárcel, agravadas si se producen lesiones o muertes. El Decreto Legislativo 1194 ordena el proceso inmediato por flagrancia, que debería aplicarse de forma obligatoria cuando el infractor es sorprendido en el acto.
El Reglamento Nacional de Tránsito (D.S. 016-2009-MTC) tipifica infracciones como conducir con más de 0.5 gramos de alcohol por litro de sangre, sancionadas con la pérdida de la licencia y fuertes multas.
Impunidad como norma
La impunidad al volante no nace de vacíos legales. El Perú cuenta con normas claras y sanciones suficientemente severas. El problema es otro: la captura de las instituciones por redes de poder político y profesional que manipulan procedimientos, distorsionan pruebas y cierran filas para proteger a los suyos.
Que un decano de abogados, cuya misión es defender la legalidad, negocie en privado para evitar su destitución, constituye un acto de incoherencia moral. Que alcaldes obtengan dosajes negativos luego de accidentes fatales muestra un aparato policial y fiscal dispuesto a ceder ante presiones.
En un país donde más de tres mil personas mueren cada año en las pistas, esta tolerancia equivale a legitimar la tragedia. Mientras los ciudadanos comunes reciben todo el peso de la ley, los poderosos siguen blindados por la impunidad.
La pregunta, entonces, no es cuántas muertes más necesitaremos para reaccionar, sino cuánto vale realmente la vida en un país donde la justicia se detiene frente al poder.
seguirá pesando menos que la impunidad de quienes nos gobiernan?