Decano del ICAL atropella a universitario y fiscal lo libera

Abogado Adán Posada denunció el caso

Roberto Cumpa Farroñay es el nombre del fiscal que decidió ayudar al decano, sin esperar ―para valorar― los resultados del dosaje etílico y examen clínico practicado a la víctima, pese a la flagrancia

Irresponsable

Pese a la gravedad de las lesiones causadas por un accidente de tránsito que protagonizo el abogado Enrique Rodas Ramírez ―decano del Ilustre Colegio de Abogados de Lambayeque― el fiscal adjunto provincial Roberto Carlos Cumpa Farroñay, decidió liberarlo sin seguir los protocolos respecto a la espera de los resultados del dosaje etílico ―practicado al conductor ―y exámenes clínicos a la víctima.

El vehículo de placa M5W201 de propiedad de Rodas Ramírez, quedo retenido en la Comisaria de Campodónico.


Adán Aníbal Posada Vallejos, abogado de la parte agraviada, llamo a El Ciclón, para denunciar los hechos.

“La mañana del lunes 4 de agosto aproximadamente a las 7:30 a.m. el decano del Colegio de Abogados de Lambayeque, Enrique Rodas Ramírez, ha sido protagonista de un accidente de tránsito en las inmediaciones del sector Puente blanco” manifestó el letrado

De gravedad

Refirió que producto del accidente, el estudiante universitario Joan Santos Núñez (24), de la carrera de mecánica eléctrica, de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo, resultó gravemente herido, con múltiples fracturas.

“El resultado pudo ser peor, fatal. El decano ha ocasionado este accidente, que casi le cuesta la vida a mi patrocinado. Las lesiones son graves” comento.

Blindaje

Pero más allá del personaje causante del accidente, Posada Vallejos condenó la actuación del fiscal Roberto Carlos Cumpa Farroñay y de la policía, quienes lejos de actuar con apego a ley, hayan liberado de inmediato a Rodas Ramírez, sin que se cumpla la detención de 24 horas; hasta que se conozca los resultado del dosaje etílico y exámenes clínicos.

“Aquí hay una escandalosa confabulación entre fiscal, policía y el causante del accidente que es el señor decano del Colegio de Abogados Enrique Rodas Ramírez. El ya paso el dosaje tilico, pero hasta ahora no hay; tampoco el resultado de los exámenes clínicos. El accidentado tiene fractura de peroné tibia, clavícula y de tobillo. O sea, tiene lesiones graves; y aun así el fiscal, le da salida. Esto es muy grave” agrego el letrado.

“¿No es decano?”

Por otro lado, revelo otro hecho que no abona en beneficio del decano. Según Posada Vallejos, en las generales de ley, Rodas Ramírez, habría declarado ser un abogado de avanzada edad y docente universitario, protegiendo el cargo que ostenta como representante de los abogados de Lambayeque.

“Esto agrava la situación del señor. Según el acta, el decano no se presentó como tal, sino como un abogado de 70 años y profesor universitario. Ha negado su condición de decano, ¡imagínate! ¿Cómo podríamos llamar a eso? Es increíble” reprocho el abogado defensor.

Como abogado, el decano sabía perfectamente su situación, cuando el fiscal tenga en sus manos los resultado del dosaje etílico y los exámenes clínicos. Es decir, Rodas podría haber sido detenido por lesiones culposas.

¿Qué dice la ley?

Cuando una persona conduce un vehículo luego de haber ingerido licor puede ocasionar un accidente de tránsito y causar lesiones o acabar con la vida de otro ser humano. Estas lesiones pueden ser leves o muy graves, o con consecuencias irreversibles y trágicas como la muerte.

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos recuerda que la legislación vigente contempla sanciones para el conductor infractor causante de un accidente de tránsito de hasta ocho años de pena privativa de libertad. Además, recuerda que también hay consecuencias civiles (reparación civil) tales como el embargo de vivienda o vehículo, o la suspensión o cancelación de la licencia de conducir.

Según el Decreto Legislativo 1194, que regula los procesos en casos de flagrancia, las penas que puede recibir un conductor que maneja luego de consumir alcohol son las siguientes:

Si no causa accidente o daños, es intervenido por la Policía Nacional y pasa por la prueba del alcoholímetro. En caso exceda el límite, se le detiene por delito de peligro común, en tanto el vehículo es retenido. Si se halla alguna responsabilidad, podría ser sentenciado a pena privativa de la libertad en cualquiera de sus modalidades, y se procede a la suspensión de la licencia conducir por tres años.

¿Y cuántas horas debió estar detenido?

“48 horas, aunque sea decano. Lo que pasa es que este fiscal no cumple su trabajo porque no hay un control contra estos fiscales” reprocho Posada Vallejos.

Por otro lado, conforme al Reglamento Nacional de Tránsito, Decreto Supremo n°. 016-2009-MT, el Art. 277.1. señala que, en caso de accidente de tránsito, la Policía Nacional del Perú podrá retener el vehículo o los vehículos intervenidos, durante un plazo que no deberá exceder de 24 horas para realizar el trámite correspondiente al peritaje técnico y constatación de daños. De verificarse la existencia de daños personales a terceros, se procederá al internamiento del vehículo conforme al presente Reglamento, que no excede de cuarentaiocho (48) horas, salvo disposición de la fiscalía o del órgano jurisdiccional.

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