A 3 semanas de la salida definitiva de la cuestionada Concesionaria Trasvase Olmos (CTO) ―filial de Odebrecht/Novonor― el nerviosismo y desesperación, parece haberse apoderado de quienes, desde un primer momento, han defendido la continuidad de la corrupta empresa brasilera Odebrecht.
Y es que, pese a los pronunciamientos oficiales sobre la permanencia CTO, el presidente del Proyecto Especial Olmos Tinajones (PEOT), Ranjiro Nakano Osores, ha manifestado públicamente que la gestión Jorge Pérez tiene la intención de presentar al MIDAGRI y al MEF una propuesta de “convenio de transferencia de capacidades” con CTO “con el fin de evitar impactos negativos por improvisación en el Proyecto Olmos” según declaró al diario Correo
La propuesta, sin embargo, no solo genera polémica política: es jurídicamente inviable.

Presión política bajo disfraz técnico
La “propuesta” anunciada por Nakano no es nueva. El pasado 26 de agosto, bajo el argumento de “adenda de transición”, la directiva del Consejo Regional de Decanos de Lambayeque, (CONREDE) emitió un pronunciamiento, de respaldo al Gobierno Regional de Lambayeque (GORE) y, en los hechos, a la propia concesionaria CTO (Novonor/Odebrecht).
Imposible, que quienes firmaron el documento no estén al tanto, que Odebrecht se encuentra inhabilitada por su historial de corrupción y bajo la mira de procesos judiciales en el Perú y en el extranjero.
El pronunciamiento de “los decanos” que busca dar un aire de supuesta legitimidad social a la Quinta Adenda, argumentan la urgencia de no interrumpir el suministro de agua a los agricultores de Olmos, pero callan respecto a las graves observaciones legales, económicas y políticas señaladas por el MEF.
¿Coincidencias?
La llamada “adenda de transición” en el Pronunciamiento COREDE ―que, con el nombre de “convenió de trasferencia de capacidades” anunció Nakano― es lo mismo. Un eufemismo para prolongar el contrato con Odebrecht, una propuesta que pretende disfrazar un contrato con CTO.

El Consejo Regional de Decanos de Lambayeque, lo preside la señora Rosa Chambergo Montejo, representante del Colegio de Periodistas, y la acompañan como vicepresidente Pedro Reyes Tassara (ingenieros), Yvone Gálvez Berrios (nutricionistas); Maribel Carranza Torres, tesorera (contadores) y vocal Julio Huerta Ciurliza (arquitectos).
Posición oficial
En julio de 2025, el Gobierno Regional de Lambayeque y Pro Inversión firmaron un Convenio de Encargo Institucional para una nueva concesión de las obras de trasvase, bajo la modalidad de Asociación Público-Privada (APP), con estudios de preinversión y el recrecimiento de la Presa Limón.
Un mes después, el ministro de Desarrollo Agrario y Riego, Ángel Manero, confirmó que la Operación y Mantenimiento del sistema de Trasvase del Proyecto Olmos pasará definitivamente a manos del PEOT, con recursos asignados hasta fin de año y un plan presupuestal para el 2026.

Pese a ello, Nakano ha sorprendido al anunciar que propondría un “convenio de transferencia de capacidades” con la misma concesionaria investigada por corrupción
Prohibiciones contra Odebrecht
Hasta aquí, seguramente la población se preguntan sobre la posición del Colegio de Abogados de Lambayeque. El Ciclón busco al decano Enrique Rodas Ramírez, pero como en otras oportunidades, no hubo respuesta.
Este medio consulto a especialistas en derecho administrativo y contratación pública. Las respuestas son categóricas: cualquier convenio con CTO vulnera la ley peruana.
En primer lugar,uno de consultados menciono quela Ley de Contrataciones del Estado (Ley 30225), artículo 11 de su Reglamento impide ser contratista del Estado a quienes hayan sido condenados o hayan admitido delitos de corrupción.
Así mismo la Ley 30737, que sustituyó al del Decreto de Urgencia N.º003-2017, establece que las empresas implicadas en corrupción deben cumplir medidas estrictas (retenciones, fideicomisos, certificados), para garantizar el pago de reparaciones civiles. Sin ello, están impedidas de contratar.
Por otro lado, el Decreto Legislativo 1362 y D.S. N.º 169-2025-EF. Regulan las APP y, desde agosto de 2025, obligan a incluir la cláusula anticorrupción en toda concesión y sus modificaciones. Esta cláusula prevé la caducidad de pleno derecho del contrato si el concesionario o sus vinculadas han admitido o sido condenadas por corrupción, como es el caso de Odebrecht/Novonor.
Finalmente, la Ley del Procedimiento Administrativo General (Ley 27444), declara nulo de pleno derecho todo acto administrativo que contravenga las leyes de orden público.
En otras palabras: no hay resquicio legal para que Odebrecht vuelva a Olmos bajo ninguna modalidad contractual.
El falso “convenio de transferencia”
La propuesta dada a conocer por Nakano pretende disfrazar un contrato con CTO bajo el rótulo de “convenio de transferencia de capacidades”. Sin embargo, como explican los juristas consultados, un acuerdo de este tipo no puede ser considerado un simple convenio interinstitucional, pues no se trata de dos entidades públicas, sino de un vínculo con una empresa privada inhabilitada.

De celebrarse, equivaldría a un contrato público encubierto, sujeto a las mismas prohibiciones legales. Su suscripción, además, podría derivar en responsabilidades por colusión agravada o negociación incompatible, sancionados por los artículos 384 y 399 del Código Penal), al favorecer a una empresa impedida.