Sucedió lo que se sospechaba. En medio de las expectativas ―luego de que el Poder Judicial autorizara la incautación del padrón de la Comunidad Campesina Santo Domingo de Olmos (CCSDO); la nueva directiva encabezada por Fredy Rolando Benítez More anunció el cierre total de la administración comunal por una semana. El argumento formal fue una supuesta “reorganización administrativa”. Sin embargo, el contexto real apunta a una presunta maniobra para obstruir la justicia.

Resolución contundente
El antecedente es claro y está documentado. El 29 de diciembre de 2025, el Juzgado de Investigación Preparatoria de Motupe, a cargo de la jueza Flor Maribel Mendoza Cueva, emitió la Resolución N.° 1 en el Expediente N.° 13400-2025-83-1708-JR-PE-0; una orden judicial penal que autorizó a la fiscal Natalia Rosa Aza Santamaría, de la Fiscalía Provincial Mixta Corporativa de Olmos, a la exhibición forzosa, obtención de copias e incautación del padrón electoral comunal y de todos los documentos vinculados a su elaboración, al amparo del artículo 218° del Código Procesal Penal.
El juzgado sostiene que existen indicios suficientes de los delitos de falsificación de documentos (artículo 427 del Código Penal) y falsedad genérica (artículo 438), y señala con nombre propio a los presuntos responsables, Santos Efraín Montalván Núñez, presidente comunal saliente, y los integrantes del Comité Especial de Empadronamiento 2025: Ángel Pupuche Mayanga, Narciso Monja Serrato, Claudia Sotero López, Jorge Luis Soplopuco Monja y Segundo Seclén Serrato.
El padrón comunal —ese documento que durante más de una década fue presentado como “intocable” bajo el escudo de la autonomía comunal— pasó, desde ese momento, a ser considerado objeto material del delito.

Es en ese escenario aparece el sospechoso comunicado oficial firmado por Fredy Benítez More, y fechado el 5 de enero de 2026, donde anuncia la paralización total de las funciones administrativas de la comunidad hasta el 11 de enero. El documento afirma que la medida responde a la transferencia de cargo y a una reorganización interna.
Maniobra
Sin embargo, el comunicado no menciona —ni una sola vez— la existencia del mandato judicial vigente ni la obligación legal de facilitar la diligencia fiscal.
El problema no es solo lo que el comunicado dice, sino lo que pretende provocar. En términos jurídicos, ninguna directiva comunal tiene competencia para suspender o condicionar el cumplimiento de una orden judicial penal. Menos aun cuando dicha orden autoriza una incautación que requiere acceso inmediato a documentos físicos y archivos que, casualmente, quedan fuera de alcance con el cierre del local comunal.

La coincidencia temporal es demasiado precisa para ser inocente. La fiscal Aza Santamaría quedó habilitada para ejecutar la diligencia desde fines de diciembre. El cierre se activa justo cuando debía iniciarse la incautación. Cerrar la comunidad en ese punto no es reorganizar, es bloquear.
Hablan comuneros
Las declaraciones de comuneros refuerzan esa lectura. Daniel Ruiz Solís, comunicador y presidente del Frente de Defensa del Valle Viejo, lo afirma sin rodeos: “cerrar la comunidad cuando la fiscal y la Policía deben concurrir para ejecutar una orden judicial constituye obstrucción a la justicia”
Añade que pese a alegar falta de transferencia, la nueva directiva ya dispone de bienes comunales y realiza donaciones, lo que demuestra que la administración sí está siendo ejercida, pero de forma selectiva y discrecional.

En la misma línea, el ex presidente comunal Grimaldo Monja Benítez sostiene que el cierre busca “acomodar documentación”, especialmente el padrón, porque es allí donde se concentran las irregularidades que han permitido a la Lista Celeste perpetuarse en el poder mediante procesos electorales fraudulentos.
Para Martín Puse Monja, dirigente de la Lista Roja, la intención es evidente, “ganar tiempo para impedir que la justicia acceda a los documentos antes de que sean manipulados o desaparezcan”
Ciclón lo advirtió
El propio expediente judicial detalla un patrón que se repite desde al menos 2014, empadronamientos irregulares, inclusión de personas sin condición de comuneros, fichas sueltas sin firmas ni huellas, empadronamientos nocturnos, constancias domiciliarias irregulares, cobros indebidos por carnés y comités empadronadores integrados exclusivamente por militantes celestes. Es ese padrón —no una oficina ni un trámite— el que sostiene la arquitectura del fraude.

En artículo publicado en El Ciclón el 4 de enero 2025, advirtió con claridad, que la Lista Celeste ha venido utilizando el padrón como instrumento del delito, la primera reacción de quienes lo controlan no ha sido transparentarlo, sino esconderlo. El cierre de la sede administrativa de la comunidad confirma esa tesis.
No es una respuesta administrativa, sino una respuesta defensiva frente a la irrupción del control penal.